
Luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobara por unanimidad el acuerdo general 1/2021 por el que se emiten los lineamientos aplicables para el turno de los medios de impugnación relacionados con el resultado final y la validez de las elecciones de gubernaturas, de los procesos electorales 2020-2021, en el estado de Colima se revocó el otorgamiento de la constancia de mayoría a José Ignacio Peralta Sánchez, postulado por la coalición conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza.
Ante está nulidad de la elección de gobernador en Colima, el TEPJF ordenó al Congreso local, así como a las autoridades estatales, que en el ámbito de sus facultades, y a la brevedad, emitan la convocatoria para la celebración de comicios extraordinarios, después de acreditarse la violación a los principios rectores de equidad y neutralidad en la contienda, por la indebida intervención de funcionarios del gobierno estatal.
Al resolver el SUP-JRC-678/2015 y SUP-JDC-1272/2015, el Pleno determinó que se actualizó la causal de nulidad de la elección prevista en los artículos 59 de la Constitución local y 134 de la Constitución federal.
La Magistrada y los Magistrados que integraron la mayoría establecieron que se demostró la indebida e ilegal intervención de Rigoberto Salazar Velasco, titular de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Colima, y de Marcos Santana Montes, titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Colima, en dichos comicios.
El magistrado Salvador Nava Gomar señaló que las autoridades estatales tienen una alta responsabilidad en el manejo de los recursos, situación que no se observó en este caso, lo cual afectó el principio de neutralidad, garantía básica del principio de equidad y se actualizó la causal de nulidad prevista en la Constitución local y federal. Ante ello, consideró que se debe anular la elección. “Si no se anula esta elección no se va anular ninguna otra, es decirle a los candidatos y a los secretarios de Estado que pueden violar la Constitución”, agregó.
En este sentido, en el estado de San Luis Potosí se podría anular la elección de gubernatura, debido a que se han recabado las pruebas suficientes que confirman las irregularidades y violaciones que se cometieron durante el proceso electoral el pasado 6 de junio, que ya han sido presentadas ante el TEPJF por Octavio Pedroza, candidato de los partidos PAN-PRI-PRD y Conciencia Popular que confirman la coalición “Sí por San Luis Potosí”.
Las pruebas presentadas evidencian irregularidades como: verse vulnerada la cadena de custodia de los paquetes electorales, al extraviarse 8 mil 814 boletas a la elección a la gubernatura, además de que el día de la jornada no se pudo informar la cantidad de boletas entregadas en cada una de las casillas para dicha elección.
Hubo al menos dos formatos diferentes de actas, uno con folio y otro más sin ningún elemento de identificación, las cuales fueron analizadas en un peritaje, identificándose que entre ambas existen diferencias hasta en el tamaño; y ante la ausencia de folio conlleva a concluir que las actas utilizadas carecen de certeza para reflejar los resultados de la jornada electoral, pues existen agravantes como que existen actas foliadas y sin folio correspondientes a la misma casilla que fueron llenadas con letras diferentes; existen actas sin folio, llenadas con la misma letra, de casillas que se encontraban a la distancia de 100 km de una con otra y existen actas de la jornada, firmadas supuestamente por representantes del PAN, con lo que se acreditó en los sistemas del INE que no existía representante del PAN en dicha casilla.
Así mismo, si las pruebas efectúan la nulidad de elección de gubernatura, se tendrá que llevar a cabo una convocatoria para la celebración de comicios extraordinarios.
