
Por: Equipo Editorial
El Congreso del Estado recibe una nueva acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Se trata de un nuevo delito incorporado en el Código Penal del Estado de SLP que buscaba sancionar las “narcomantas” porque afectan el orden y la paz social, pero la redacción ambigua podría derivar en una aplicación discrecional en detrimento de la libertad de expresión.
Se trata de la adicción de un nuevo capítulo en el Código Penal denominado “Mensajes Intimidatorios” con el artículo 170 Ter, inciso b), que penaliza con hasta cinco años de prisión a quien elabore, coloque, difunda o exhiba públicamente y por cualquier medio, mensajes que contengan una amenaza expresa, directa y verificable de causar un daño grave a la vida, integridad personal, libertad o seguridad de una colectividad, grupo de personas o autoridades.

La iniciativa para la reforma fue presentada por la legisladora del PT, Leticia Vázquez, con el argumento de reducir los riesgos a la autoridad por parte del crimen organizado por medio de las conocidas “narcomantas”, sin embargo, en la Comisión Primera de Justicia se determinó esos delitos corresponden al ámbito federal.
Asimismo, durante el debate el diputado Carlos Arreola se abstuvo de votar a favor y señaló sus reservas argumentando que la redacción se podría prestar a interpretaciones discrecionales, y un juez demasiado abierto podría rebasar límites de la libertad de expresión.
En su argumentación, la CNDH expresa que la nueva normativa genera un estado de incertidumbre jurídica, incluso también para la autoridad ministerial que pretende imputar la conducta, así como para el órgano jurisdiccional encargado de resolver sobre la responsabilidad penal, pues ambas autoridades deberán valorar si los mensajes públicos que fueron elaborados, colocados, difundidos o exhibidos son “idóneos” para producir un estado real de temor colectivo o alteración del orden público.
